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ADELANTE BOINAS ROJAS

 

viernes, 10 de junio de 2016

CUARTA PARTE DEL PROGRAMA POLÍTICO DE LA COMUNIÓN TRADICIONALISTA CARLISTA DE CHILE - FUEROS.


El fuero representa el reconocimiento del derecho preferente
e inviolable de la persona humana y de sus asociaciones na-
turales de carácter territorial o institucional a ser respetadas
en su intimidad y en las atribuciones que le son necesarias
para el cumplimiento de sus fines privativos.
El primer fuero es el del hombre en cuanto la dignidad de
su persona así lo exige, hijo de Dios, creado a su imagen y
semejanza para un fin sobrenatural y para cuya defensa y
protección se constituye la sociedad y el Estado. Los dere-
chos personales del hombre son fundamento de su libertad.
Pero al hombre aislado le es muy difícil ejercitar sus dere-
chos y cumplir sus fines y por eso, las agrupaciones que
para conseguirlo realiza con otros hombres, gozan también
del mismo fuero ante el Estado. Es el ejercicio del derecho
de asociación, de carácter íntimo (matrimonio y familia), te-
rritorial (municipio, región) o institucional (enseñanza, traba-
jo, profesión, mercado, sindicato, etc.).
Estas asociaciones son reconocidas por el Estado el cual no
se inmiscuye en su nacimiento, atribuciones y funcionamien-
to, ya que tienen una esfera de competencias anterior a él y
en muchos casos superior, la que no desaparece al nacer el
Estado, precisamente para coordinarlas no para suprimirlas,
y que por tanto permanecen y deben continuar.
Frente al derecho omnipotente del Estado, tal como lo for-
mula la democracia (ley de las mayorías) o el totalitarismo
(de signo marxista ), el tradicionalismo enuncia el
principio de la soberanía social que debe ser respetada por
la soberanía política del Estado, lo que equivale al fuero y a
los principios de subsidiaridad y de los cuerpos intermedios
del derecho público cristiano. Hay que procurar más socie-
dad y menos Estado.

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